¿Estás pensando en trasladar tu farmacia a otra ubicación? Bien sea por cuestiones de espacio, por cambiar a un nuevo local o por cuestiones forzosas, no estamos hablando de una tienda al uso y el traslado de una farmacia hasta otro local debe cumplir con unos requisitos mínimos exigidos legalmente. ¿Quieres conocer todos los detalles? Hoy te damos las claves para culminar la mudanza con éxito.
Tipos de traslado
Al trasladar una farmacia de una ubicación a otra, existen dos tipos de traslados:
- Voluntario. Cuando el propietario del establecimiento quiere cambiar la ubicación de la farmacia por cuestiones estrictamente personales.
- Forzoso. Cuando el traslado de la farmacia se deriva de cuestiones ajenas al propietario de la misma.
Lo que dice la Ley sobre el traslado de una farmacia en Andalucía
Como en todo lo relativo al sector farmacéutico, el traslado de una farmacia hasta una nueva ubicación también debe cumplir con una serie de requisitos legales establecidos en la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.
En el artículo 42 se establece que “los diferentes tipos de traslados de oficina de farmacia definidos en el artículo 2 de la presente Ley sólo se autorizarán dentro de los municipios, entidades, núcleos o centros, referidos en el artículo 29 (el módulo de población mínimo para la apertura de oficinas de farmacia será de 2.800 habitantes por establecimiento), donde hubieran sido autorizadas y siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la presente Ley y en lo que se establezca reglamentariamente”.
Requisitos para el traslado voluntario de farmacias en Andalucía
Si hablamos de un traslado voluntario, los requisitos son:
- Que la población a la que se presta asistencia farmacéutica no quede desatendida y se garantice su accesibilidad, de acuerdo con los criterios de planificación que se contemplan en la presente Ley.
- Que la oficina de farmacia que pretende trasladarse haya permanecido un mínimo de tres años consecutivos, inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del traslado, en la misma ubicación y con la misma persona titular.
- Que se cumplan los requisitos sobre distancias y condiciones de los locales que se establecen en la presente Ley y aquellos otros que reglamentariamente se determinen.
- La duración de los traslados voluntarios provisionales por motivos de obras de acondicionamiento del local o entornos de acceso en ningún caso podrá superar el período de dos años.
Requisitos para el traslado forzoso de farmacias en Andalucía
Cuando el traslado de la farmacia de un lugar a otro se realiza por cuestiones forzosas y ajenas al propietario, los requisitos son los siguientes:
- El cambio de ubicación del local de la oficina de farmacia con carácter forzoso puede ser provisional o definitivo.
- Los traslados forzosos y provisionales se autorizarán condicionados a la obligación del titular de que la oficina de farmacia retorne al local de origen antes de finalizar el plazo que reglamentariamente se determine.
- Si por causa ajena a la voluntad de quien es titular de la oficina de farmacia en situación de traslado forzoso no pudiese retornar a sus primitivos locales, podrá solicitar la autorización definitiva en los locales que ocupan provisionalmente.
- Los locales que se ocupen provisionalmente por traslado forzoso deberán estar ubicados a una distancia mínima de 150 metros de otra oficina de farmacia o un centro sanitario asistencial público.
Requisitos para el traslado de farmacias de núcleo en Andalucía
Si hablamos del traslado de una farmacia de núcleo (conjunto de viviendas asentadas en una o varias urbanizaciones, con sus correspondientes accesos y viales, que forman un conjunto homogéneo separado del resto de la población, ya sea de uno o varios municipios), el traslado de la misma debe cumplir los siguientes requisitos:
- Podrán trasladarse dentro del núcleo donde hubieran sido autorizadas siempre que se instalen, como mínimo, a 500 metros de la oficina de farmacia más cercana al núcleo de que se trate.
- En el caso de que el núcleo se hubiera integrado en el casco urbano del municipio por desarrollo urbanístico o si hubiera incrementado su población en más de 2.000 habitantes, le será de aplicación el régimen normal de traslados.
Aspectos importantes a tener en cuenta
Además de las cuestiones legales a tener en cuenta al trasladar una farmacia de una a otra localización, existen una serie de aspectos importantes que no debemos olvidar:
- Los trámites de solicitud. Es necesario realizar una solicitud indicando el motivo del traslado y la ubicación exacta.
- El tráfico de la zona. Analiza bien la nueva ubicación para evitar que exista un tráfico excesivo o la imposibilidad de aparcar. Además, es importante que el local sea de fácil acceso tanto en vehículo particular como en transporte público.
- La competencia de la zona. No debes olvidar que la Ley también indica qué distancia debe existir entre farmacias y respecto al centro de salud más próximo. Revisar también si existen o no otras farmacias cercanas.
- Informa a tus clientes. Recuerda siempre informar a tus clientes sobre el traslado de tu farmacia y publicar la nueva ubicación tanto en tu página web como en redes sociales con suficiente antelación, indicando el día de cierre y nueva apertura. Y no olvides modificar en Google My Business tu nueva ubicación.
En Consultor Farma te asesoramos
Si quieres que el traslado de tu farmacia no se convierta en un proceso largo y tedioso, confía en los especialistas de Consultor Farma que cuentan con más de 15 años de experiencia en el asesoramiento y la gestión de este tipo de trámites, además de en cuestiones de compra-venta, cierres o transmisión de farmacias en Andalucía y Madrid.